Plan de Seguridad y Salud en obras

Plan de Seguridad y Salud, preguntas y respuestas


Josué Fernández Granados

Cuando se habla de Plan de Seguridad y Salud en obras de construcción  suelen aparecer dudas. Por eso, hemos redactado este artículo con el objetivo de resolverlas. Si te queda alguna no resuelta siempre puedes dejarnos un comentario e intentaremos ayudarte con gusto.

¿Qué es el Plan de Seguridad y Salud (PSS)?

El PSS es un documento a través del cual el contratista, en una obra de construcción,  identifica, planifica, organiza y controla las actividades a realizar desde el punto de vista preventivo y los procedimientos de trabajo a aplicar para ello; así como los riesgos derivados de las actividades a realizar y las medidas preventivas a adoptar en cada caso para la eliminación o control de los mismos.

Es, por tanto, el documento que permite a los empresarios que intervienen en una obra (contratistas y subcontratistas), la gestión del conjunto de sus actuaciones en la obra en las que, junto con los aspectos productivos, se integran los preventivos.

¿Cuándo es obligatorio redactarlo?

El PSS debe elaborarse y aprobarse antes del comienzo de los trabajos siempre que en una obra de construcción exista un proyecto de ejecución de obra redactado por el proyectista (normalmente a cargo del promotor).

Todos los Proyectos de Ejecución de Obra deben llevar anexo un Estudio de Seguridad (ES) o Estudio básico de Seguridad (EBS) (dependiendo de la envergadura del proyecto). El PSS no es más que una concreción de ese estudio por parte del contratista. El PSS no puede reducir las medidas de seguridad propuestas en el ES o EBS, en cambio, si puede y debe complementarlo.

¿Quién tiene que hacerlo?

El PSS lo redacta el contratista en una obra de construcción. Si en una obra hay varios contratistas cada uno de ellos tiene que redactar un PSS. La persona que lo redacte debe ser un técnico competente de la empresa contratista o de su servicio de prevención ajeno, etc. (según sea la organización preventiva de la empresa).

¿Qué debe contener el Plan de Seguridad y Salud?

Como hemos mencionado ya, el punto de partida para el Plan de Seguridad y Salud es el ES o EBS redactado por el proyectista. En el PSS el contratista analiza, estudia, desarrolla y complementa las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En el PSS se incluirán las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico así como la valoración económica de las mismas, que tampoco podrá implicar disminución del importe total establecido en el ES o EBS.

Por lo tanto, para la elaboración adecuada del PSS y sus anexos se debería comenzar con un análisis previo del contenido del referido proyecto de ejecución de obra y del ESS. Este análisis será contrastado con la información que posee el contratista, sobre los medios, equipos de trabajo, medios auxiliares, sistemas de protección y procedimientos de trabajo que, efectivamente, serán utilizados en la obra.

El PSS deberá incluir la identificación de los riesgos que se deriven de los procedimientos de trabajo. Se deben incluir tanto los riesgos  de la empresa contratista como de las subcontratistas que de ella dependan, y las medidas preventivas a aplicar en la obra.

¿Quién tiene que aprobarlo?

En obras de construcción de carácter privado el PSS es aprobado por el Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra. La aprobación se realiza mediante un acta de aprobación. Si por las características del proyecto no fuera necesaria la figura del Coordinador, será la Dirección Facultativa quien apruebe el PSS.

En obras públicas lo aprueba la Administración Pública que haya adjudicado la obra.  Previamente debe existir un informe favorable del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra.

¿A quién se debe comunicar?

Una copia del PSS aprobado por el Coordinador de Seguridad y Salud, junto con la comunicación de apertura de centro de trabajo  debe ser entregado a la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma, quienes a su vez deben sellar el libro de subcontratación que se utilizará en la obra. Otra copia debería permanecer siempre en la obra mediante su transcurso.

Además, cada subcontratista dependiente del contratista que ha redactado el PSS, debe leer, entender y adherirse al mismo.

¿Hay que revisarlo periódicamente?

Por supuesto que sí. El Plan de Seguridad y Salud es un documento vivo. Es normal que en una obra de construcción se den cambios que obliguen a modificar el PSS. Algunos de estos cambios podrían ser:

  • Contratación de nuevos subcontratistas
  • Uso de máquinaria o herramientas de trabajo no previstas inicialmente
  • Cambios en los métodos de trabajo
  • Cambios meteorológicos no previstos
  • etc.

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NOTA2: Como complemento a este artículo te puede interesar: sujetos que intervienen en una obra de construcción.

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7 Años hace

[…] el Plan de seguridad y salud para los trabajos […]