La incapacidad permanente es un derecho de los trabajadores que sufren una enfermedad o han tenido un accidente (sea laboral o no), que les incapacita para llevar a cabo su actividad laboral. En este artículo vamos a ver las fases de una demanda de incapacidad permanente desde su solicitud hasta su resolución definitiva. Además, explicaremos los distintos grados de incapacidad permanente así como los requisitos médicos para solicitarla.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
Básicamente es una prestación económica que reciben las personas que por su estado de salud o lesiones no pueden trabajar de forma permanente. La incapacidad laboral se puede solicitar por enfermedad común o por accidente de trabajo/enfermedad profesional. Los requisitos para solicitarla variarán dependiendo del caso.
¿Cómo se inicia el trámite?
El trámite de solicitud de la incapacidad permanente puede tener tres vías de inicio:
- A petición del interesado: cumplimentando y presentando los modelos correspondientes y la documentación en el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).
- A solicitud de las entidades colaboradoras (generalmente Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y empresas).
- A iniciativa de la entidad gestora (normalmente el INSS).
Fase de instrucción
Una vez iniciado el trámite de incapacidad permanente este pasa a fase de instrucción donde se solicitarán cuantas pruebas médicas y documentación se estimen necesarias.
Resolución
Una vez finalizada la fase de instrucción, el equipo de valoración de incapacidades (EVI) formula el dictamen-propuesta y los directores provinciales del ISM dictan resolución expresa declarando el grado de incapacidad, la cuantía de la prestación económica y el plazo a partir del cual se puede instar la revisión de la incapacidad por agravación o mejoría.
En caso de que el interesado no esté de acuerdo con la resolución o le haya sido denegada la incapacidad laboral puede optar por la reclamación por vía judicial como veremos más adelante.
Grados de incapacidad permanente
parcial, total, total cualificada, absoluta, y Gran Invalidez
- Parcial: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
- Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.
- Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
- Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Requisitos médicos para solicitar la Incapacidad Permanente
Dependiendo del grado de incapacidad, se exigen unos requisitos generales y de cotización. Si la incapacidad deriva de accidente sea o no de trabajo o de enfermedad profesional no se exigen cotizaciones previas.
A grandes rasgos los requisitos médicos para obtener la incapacidad permanente son:
- La enfermedad tiene que ser crónica, con caracter permanente, no puntual.
- La patología tiene que ser considerada grave y sin posibilidades de recuperación.
Habitualmente, a nivel médico se suelen tener en cuenta además de lo mencionado anteriormente aspectos como:
- Que los informes médicos sean recientes y de calidad (bien detallados, coherentes, etc.).
- El tiempo transcurrido desde el inicio de la incapacidad temporal.
- Que exista una incompatibilidad clara entre la enfermedad o lesión y la actividad laboral a desarrollar.
Reclamación por vía judicial
En el caso de que el INSS no conceda la incapacidad permanente se puede reclamar por vía judicial. Antes de acceder a la vía judicial se debe agotar la vía administrativa, la cual tiene dos fases: la de solicitud inicial y la de Reclamación Previa.
Es muy recomendable contar con la ayuda de un abogado especializado para las reclamaciones de resoluciones de incapacidad permanente.
Agotada la vía admnisitrativa, como hemos dicho, la demanda judicial se debe presentar en los Juzgados de lo Social.
Una vez presentada la demanda hay que esperar a la celebración del juicio. Para preparar la vista judicial se debe recopilar y actualizar toda la documentación médica posible así como la información del puesto de trabajo que se ocupa, de cara a justificar la incapacidad o riesgo de asumir ese trabajo en las condiciones de salud del interesado.
Durante el juicio los abogados de las diferentes partes expondrán sus pruebas y argumentos.
Finalmente, pasada ya la vista judicial llegará la sentencia, que podrá ser recurrida por ambas partes.