Acta de Recepción de Obra

Acta de recepción de obra

Josué Fernández Granados

Bueno, bueno… hoy nos metemos en unos berenjenales que no son directamente propios de seguridad y salud. No obstante, en ocasiones, todo se mete en el mismo saco. Ocurre que los profesionales de la prevención tenemos que pelearnos con todo tipo de temas de documentación propios de la Ley 38/1999 Ordenadora de La Edificación. Este es el caso del acta de recepción de obra y todos los documentos asociados que conlleva. Algunos de estos documentos afectan directamente al Coordinador de Seguridad y Salud en obras de construcción. Por eso, hemos creído interesante hablar sobre esto.

Hoy os traemos un post sobre la recepción final de obras de construcción. Es decir, la entrega de la obra por parte del constructor o contratista al promotor.

Si, empezamos esta serie de artículos sobre la Ley 38/1999 Ordenadora de la Edificación, como quien dice por el final. Y es que el acta de recepción de obra y todo lo que conlleva, se hace complejo en ocasiones. Con este post queremos ayudar a las personas que tengan que enfrentarse a ello.

Añadir, que este artículo se basa en disposiciones y normas españolas.

¿Qué es la recepción de obra?

La recepción de la obra es el acto por el cual el constructor hace entrega de la obra al promotor. La recepción de la obra se realiza cuando ésta finaliza o cuando se ha completado una fase de la obra. Para que la recepción de obra sea efectiva, ésta debe ser aprobada por el promotor.

¿Qué es el acta de recepción de obra y qué debe incluir?

Para la recepción de la obra se deberá redactar un acta de recepción de obra. Dicho acta tiene que ir firmada al menos por el promotor y el constructor y tiene que incluir:

  • Las partes que intervienen (Promotor, Constructor…)
  • La fecha del certificado final de obra. Luego hablaremos de qué es esto del certificado final de obra. Sólo destacar ahora que este documento tiene que ir visado y adjunto al acta de recepción.
  • El coste final de la ejecución material de la obra
  • La declaración de la recepción final de la obra o de la fase completa. El promotor podrá declarar la recepción con o sin reservas. En caso de que tenga reservas tendrá que especificarlas de manera objetiva. Además, debe indicar el plazo de subsanación de los defectos observados. Una vez que se subsanen los defectos, este hecho tiene que quedar suscrito en un acta aparte firmada por las partes.
  • Las garantías que, en su caso, se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades.

El promotor podrá rechazar la recepción de la obra por considerar que la misma no está terminada o que no se adecua a las condiciones contractuales. Este rechazo deberá quedar reflejado por escrito en el acta. En este caso, se indicará también el nuevo plazo para realizazar la recepción de la obra.


¿Qué es el certificado final de obra?

El certificado final de obra es un documento que acredita que las obra está terminada. Este documento tienen que firmarlo el director de obra y el director de ejecución de obra.  El Certificado final de obra irá visado por el Colegio Profesional correspondiente.

Documentación de la obra ejecutada

Una vez finalizada la obra, el proyecto con sus posteriores modificaciones será facilitado al promotor para la formalización de los correspondientes trámites administrativos.

Junto con el proyecto se entregará, al menos:

  • El acta de recepción de obra
  • La relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación (hablamos de ello más adelante)
  • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación.

Toda la documentación a que hace referencia los apartados anteriores, que constituirá el Libro del Edificio, será entregada a los usuarios finales del edificio.

Relación identificativa de los agentes intervinientes en edificación

Se entiende por agentes intervinientes en edificación a los siguientes:

  • Promotor
  • Proyectista
  • El Constructor
  • El Director de la obra
  • El Director de ejecución de la obra
  • Las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación.
  • Los suministradores de productos
  • Los propietarios y usuarios

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Raquel
Raquel
3 Años hace

Quién posee el libro del Edificio o Libro de Órdenes? He derribado una vivienda unifamiliar para la que me concedieron licencia después de presentar proyecto. Quiero solicitar devolución de la fianza que pagué en Urbanismo y terminar relación con el arquitecto. Sé que tengo que pedirle el Certificado final de Obra para devolución de la fianza y terminar con el expediente, pero he leído en foros hablar de este Libro. Mi pregunta? Quién tiene que firmar este Libro, quién lo tiene?